El Tercer Tribunal Ambiental rechazó de manera unánime el reclamo presentado por Inversiones Puerto Octay, contra la resolución del ministerio del Medio Ambiente, que reconoció como tal el 2021, al humedal urbano de Quebrada Gramado en Puerto Varas.
Fue la resolución del ministerio la que ponía trabas al inicio de actividades económicas en el lugar, por lo que la empresa apeló ante el tribunal. Al respecto, la instancia declaró que la ley "no establece un régimen de prohibición absoluta para desarrollar actividades o proyectos en las cercanías", pero que estas debían contar con la aprobación del Servicio de Evaluación e Impacto Ambiental (SEIA).
Otra parte del reclamo presentado por la empresa, es que el ministerio había hecho un análisis arbitrario e ilegal de los antecedentes y observaciones, algo que fue rechazo por el tribunal, ya que habría sido la Seremi de la cartera el órgano encargado de realizar el análisis técnico de los antecedentes que presentó el municipio.
Finalmente, el tribunal sostuvo que "es posible arribar a la conclusión sobre la existencia y extensión del Humedal Urbano Quedraba Gramado, ya que según los antecedentes, se trata de un cauce natural que presenta condiciones de inundación periódica, así como la presencia de especies hidrófitas.